Criterio de la gravedad del hecho punible
En qué consiste el Criterio de la gravedad del hecho punible
El criterio de la gravedad del hecho punible es uno de los criterios utilizados para determinar la competencia objetiva de los órganos jurisdiccionales penales (artículo).
Conforme este criterio, podemos distinguir entre delitos leves y delitos.
Delitos leves
Pueden ser enjuiciados por los Juzgados de Paz, los Juzgados de Instrucción o los Juzgados de Violencia sobre la Mujer.
Tras la reforma del Código Penal, se produce un cambio en las competencias de dichos tribunales, pasando a ser las siguientes:
- Juzgados de Paz: Serán competentes:
- Para llevar a cabo ctuaciones de prevención;
- por delegación de otro tribunal o,
- cuando así lo señalen las leyes.
- Juzgados de Instrucción: Conocen del conocimiento y fallo de los juicios por delitos leves que no sean competencia del Juez de Violencia sobre la Mujer.
- Juzgados de Violencia sobre la Mujer: Respecto a los delitos leves, serán competentes de la instrucción, conocimiento y fallo cuando cuando la víctima sea esposa, exesposa o mujer ligada al autor por análoda relación de afectividad, aun sin convivencia.
- Podemos señalar dos fuentes que rigen su competencia:
Delitos
Distinguiremos entre:
- Los Juzgados de Instrucción:
- Se encargan de la instrucción de delitos cuyo enjuiciamiento corresponda a:
- El Tribunal del Jurado
- Audiencia Provincial
- Juzgados de lo Penal
- También dictarán Sentencia de conformidad con la acusación en los juicios rápidos y en las diligencias previas conforme a la Ley.
- Se encargan de la instrucción de delitos cuyo enjuiciamiento corresponda a:
- Juzgados de lo Penal: Conocen de la fase de juicio oral en los delitos en los que se señale:
- Pena privativa de libertad de duración no superior a 5 años o,
- pena de multa (cualquiera que sea su cuantía) siempre que la duración no exceda de 10 años.
- Se excluyen los delitos competencia del Tribunal del Jurado.
- También conocen de la ejecución de sentencias, resoluciones, sanciones pecuniarias y resoluciones de decomiso procedentes de otros Estados Miembros de la Unión Europea.
- Audiencias Provinciales: Conocen de las causas de delitos sancionados con:
- Penas privativas de libertad superior a 5 años y,
- Penas no privativas de libertad no superior a 10 años.

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