Delitos contra los derechos de los trabajadores
Cuáles son los delitos contra los derechos de los trabajadores
Los delitos contra los derechos de los trabajadores se encuentran regulados entre los artículos 311 y 318 del Código Penal. En los próximos artículos analizaremos detenidamente cada uno de los supuestos contemplados.
Clasificación
Estos delitos pueden clasificarse en:
- Imposición ilegal de condiciones laborales o de seguridad social.
- Tipo básico, de imposición, mediante engaño o abuso de situación de necesidad, de condiciones laborales o de seguridad social que perjudiquen, supriman o retrinjan los derechos que los trabajadores tengan reconocidos en las disposiciones legales, convenios colectivos o contrato individual.
- Contratos de trabajo sin alta en la Seguridad Social o sin autorización.
- Transmisión de empresas.
- Condiciones laborales o de Seguridad Social impuestas con violencia o intimidación.
- Empleo de personas que carezcan de permiso de trabajo.
- El empleo u ocupación de ciudadanos extranjeros sin permiso de trabajo.
- Empleo u ocupación de menores de edad sin permiso de trabajo.
- Delitos contra los derechos de los trabajadores extranjeros.
- Tráfico ilegal de trabajadores.
- Reclutamiento engañoso de trabajadores.
- Explotación laboral de ciudadanos extranjeros.
- Emigración fraudulenta de trabajadores.
- Determinar o favorecer la emigración de alguna persona, a otro país simulando contrato o colocación, o usando de otro engaño semejante.
- Discriminación laboral.
- Cuando se produzca grave discriminación en el empleo, ya sea público o privado.
- Delitos contra la libertad sindical y el derecho de huelga.
- Tipo básico, de impedir su ejercicio mediante engaño o abuso de situación de superioridad.
- Subtipo agravado, cuando se lleve a cabo con coacciones.
- Tipo autónomo, protegiéndose el derecho del trabajador a acudir a su puesto de trabajo, no sumándose o no adheriéndose a la huelga iniciada por otros.
- Infracción de normas de prevención de riesgos laborales.
- Tipo básico, de no facilitar los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, poniendo en grave peligro su vida, salud o integridad física.
- Por imprudencia grave.
- Delitos cometidos por personas jurídicas.
- Cuando los hechos anteriormente comentados se atribuyan a personas jurídicas, se impondrá la pena señalada en los mismos a los administradores o encargados del servicio que hayan sido responsables de los mismos y a quienes, conociéndolos y pudiendo remediarlos, no hubieran adoptado medidas para ello.