El contrato de interinidad
Qué es el contrato de interinidad
El contrato de interinidad es un tipo de contrato de carácter temporal o por tiempo determinado. Este contrato surge a raíz de una serie de causas que impiden la contratación indefinida como por ejemplo la sustitución del puesto de trabajo.
Es el contrato celebrado principalmente para sustituir a un trabajador temporalmente el cual tiene derecho a la reserva del puesto de trabajo.
Este contrato está regulado en el Estatuto de los Trabajadores y por el Real Decreto 2720/1998.
Tipos de contrato de interinidad
Podemos distinguir entre la interinidad por sustitución y la interinidad por vacante.
Interinidad por sustitución
Se trata de sustituir a trabajadores con derecho a reserva de su puesto de trabajo, según conste en la norma, convenio o contrato individual. El interino puede ocupar el puesto del sustituido, o el puesto del trabajador que reemplace al sustituido.
Deberá reflejarse en el contrato el nombre del sustituido y la causa de la sustitución.
Interinidad por vacante
Se trata de cubrir temporalmente un puesto de trabajo, durante el proceso de selección o promoción para su cobertura definitiva. Aquí deberá estipularse qué puesto será cubierto de forma definitiva posteriormente.
Forma, jornada y bonificaciones del contrato de interinidad
El contrato debe hacerse por escrito. Es a tiempo completo, excepto en dos casos:
- Cuando el puesto que se ocupa sea a tiempo parcial antes de la sustitución.
- Cuando el contrato se realice para complementar la jornada reducida de trabajadores, como es el caso de maternidad, adopción… que pueden reducir su jornada laboral.
Duración del contrato de interinidad
En el caso de interinidad por sustitución, este contrato durará lo que dure la inactividad del trabajador sustituido. En el caso de interinidad por vacante, durará lo que dure el proceso de selección o promoción, sin que pueda exceder de los 3 meses, ni renovarse tras pasas los 3 meses.
En las Administraciones Pública, la interinidad por vacante se rige por su norma específica.
Extinción del contrato de interinidad
Entre las distintas causas de extinción del contrato de interinidad destacan:
- La reincorporación del trabajador sustituido
- El vencimiento del plazo para la reincorporación.
- La extinción de la causa que motivó la reserva del puesto de trabajo.
- El trnscurso de 3 meses para la provisión definitiva en casos de interinidad por vacante.
El fin de este contrato debe ser denunciado (notificado), con la antelación pactada por las partes.
Al finalizar el contrato, el trabajador no tiene derecho a indemnización.