Estructura de los Organismos de cuenca
Estructura de los Organismos de cuenca
La estructura de los Organismos de cuenca está compuesta por: Los órganos de Gobierno, los órganos de Gestión y los órganos de planificación.
Órganos de gobierno:
La Junta de Gobierno: La presidencia le corresponde al Presidente, la AGE cuenta con una representación de 5 vocales, la representación de los usuarios es de al menos 1/3 del total de vocales y en todo caso, un mínimo de 3 vocales, las CCAA que hubiesen decidido incorporarse al Organismo de cuenca están representadas por 1 vocal al menos, las provincias estarán representadas conforme al porcentaje de su territorio afectado por la cuenca hidrográfica.
Competencias:
- Aprobar los planes de actuación del organismo, la propuesta del presupuesto y conocer la liquidación de los mismos.
- Acordar las operaciones de crédito necesarias apra las finalidades relativas a su gestión y financiar las actuaciones incluidas en los plantes de actuación.
- Adoptar acuerdos relativos a los actos de disposición sobre el patrimonio de los organismos de cuenca.
- Preparar los asuntos que se vayan a someter al Consejod el Agua de la demarcación.
- Aprobar, previo informe del Consejo del Agua, las modificaciones sobre la anchura de las zonas de servidumbre y policía.
- Declarar las masas de agua subterránea en riesgo de no alcanzar el buen estado cuantitativo o químico y las medidas para corregir las tendencias que pongan en peligro el buen estado mediante la aprobación del programa de actuación para la recuperación.
- Adoptar decisiones sobre comunidades de usuarios.
- Promover iniciativas sobre zonas húmedas.
- Informar, a petición del presidente, sobre propuestas de sanción por infracciones graves o muy graves de especial transcendencia.
- Aprobar cristerios para la determinación de indemnizaciones por daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico.
- Proponer al Consejo del Agua de la demarcación la revisión del Plan hidrológico correspondiente.
- Deliberar sobre aquellos asuntos que sea sometidos a su consideración.
El Presidente: Es nombrado y cesado por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Entre sus funciones destacan la de presidir:
- La Junta de Gobierno.
- La Asamblea de Usuarios.
- La Comisión de Desembalse.
- El Consejo del Agua de la demarcación.
- El Comité de Autoridades Competentes.
Órganos de gestión
La Asamblea de Usuarios: Está formada por todos los que forman parte de las Juntas de Explotación para coordinar en el ámbito de toda la cuenca la que coordinan las Juntas de Explotación en un ámbito mucho más reducido, la explotación de las obras hidráulicas y recursos de agua de toda la cuenca.
Las Juntas de Explotación: En ellas se integran los distintos usuarios del agua. Tienen por misión la coordinación de la explotación de los recursos del agua y obras hidráulicas d elos ríos y tramos que estén especialmente relacionados.
La Comisión de Desembalse: Se encarga de deliberar y formular propuestas al Presidente del organismo sobre el régimen adecuado de llenado y vaciado de los embalses y acuíferos de la cuenca.
Las Juntas de Obras: La Junta de Gobierno podrá constituir estas juntas en el modo establecido reglamentariamente, a fin de que los usuarios estén directamente informados del desarrollo e incidencias de la obra en cuestión.
Órganos de Planificación:
Para finalizar con la estructura de los Organismos de cuenca, tenemos los siguientes órganos:
El Consejo del Agua de la demarcación: Tiene por finalidad promover la información, consulta y participación pública en el proceso planificador y elevar al Gobierno, a través del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, el Plan Hidrológico de Cuenca y sus revisiones.
Por otro lado, en la organización de las cuencas hidrográficas intracomunitarias no se establece ningún modelo preceptivo. Es competencia de la Comunidad Autónoma diseñarlo con el único límite de la exigencia de que, en los órganos colegiados exista una representación de los usuarios de por lo menos 1/3 de los miembros que lo integren.
El Comité de Autoridades Competentes: Tiene la finalidad de garantizar la adecuada cooperación en la aplicación de las normas de protección de las aguas terrestres y marítimas comprendidas en las nuevas demarcaciones hidrográficas. Estarán representados los órganos de la AGE, de las CCAA y de los Entes locales con competencias sobre el aprovechamiento, protección y control de las aguas objeto de la Ley de
Así finaliza esta explicación de la estructura de los Organismos de cuenca.