Función del Tribunal del Jurado
En qué consiste la función del Tribunal del Jurado
La principal función del Tribunal del Jurado (artículo) y, por tanto, la más destacable es la función jurisdiccional que tiene otorgada, la cual es ejercida por medio de los ciudadanos que compongan dicho Tribunal en un momento dado.Si recordamos su composición (artículo), podemos distinguir dos tipos de funciones en base a la misma:
- Función de los jurados y,
- la función del Magistrado-Presidente
La función del Tribunal del Jurado se encuentra regulada en los artículos 3 y 4 de la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado.
Función del Tribunal del Jurado: los jurados
- Emisión de veredicto respecto al hecho justiciable que el Magistrado-Presidente haya determinado como tal.
- Dicho veredicto será de probado o no probado.
- Proclamación de culpabilidad o inculpabilidad de cada acusado que participe en el hecho delictivo.
- Previamente el Magistrado-Presidente habrá admitido la acusación contra dichos acusados.
Función del Tribunal del Jurado: el Magistrado-Presidente
- Dictar sentencia del hecho.
- Dicha sentencia incluirá el veredicto del Jurado, la pena y medidas de seguridad correspondientes.
- Resolución respecto a la responsabilidad civil del ya penado o terceros.
Principios que rigen la actuación del Jurado
En el ejercicio de sus funciones, el Jurado actuará conforme a los principios de:
- Independencia,
- responsabilidad y,
- sumisión a la Ley.
Protección de los jurados en el ejercicio de sus funciones
En caso de que los jurados se encuentren inquietados o perturbados en su independencia, en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, podrán ponerlo en conocimiento del Magistrado-Presidente.
La finalidad de esta actuación es que el Magistrado-Presidente les ampare en el desempeño de su cargo.
Dicha protección se encuentra regulada en el artículo 14 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

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