La persona física o natural
Qué es la persona física o natural
La persona física o natural es el sujeto individual (el ser humano considerado como tal) que es susceptible de ser titular de derechos y contraer obligaciones.
Se encuentra regulada en los artículos 29 al 34 del Código Civil español.
Adquisición de la personalidad
La personalidad está determinada por el nacimiento de la persona, es decir, se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno.
Requisitos para la atribución de la personalidad
- Nacer con vida (con figura humana)
- Vivir 24 horas completamente desprendido fuera del seno materno (vida extrauterina de un día).
El caso del nasciturus o concebido pero no nacido
El concebido se considera por nacido para todos los efectos que le sean favorables, siempre que:
- nazca con vida (con figura humana) y,
- se desprenda completamente del seno materno.
Los nondum concepti
Son las personas que, pese a no haber sido aún concebidas, pueden llegar a nacer. En principio no se consideran titulares de derechos, pero existen mecanismos mediante los cuales se les puede atribuir ciertos derechos.
Un ejemplo de nondum concepti sería el «hijo de mi nieto»,
y algunos de los mecanismos serían:
- la donación de cláusula de reversión en favor de terceros o,
- la sustitución fideicomista.
Prioridad del nacimiento
En el caso de partos dobles, el que nazca en primer lugar será considerado el primogénito a efectos legales.
Extinción de la personalidad
La personalidad se extingue con la muerte de la persona.
Presunción de muerte del ausente
Este término se refiere a la persona desaparecida de cuya supervivencia no se tenga noticia alguna. Para ello, se puede instar a la declaración de fallecimiento.
Determinación del fallecimiento
Consiste en la inscripción de la defunción, lo cual hace fe de la fecha, hora y lugar en el que se produce la muerte. Es el paso previo a la inscripción de defunción. Además será necesaria certificación médica de la existencia de señales inequívocas de muerte.
La comirencia
Consiste en el supuesto de determinar el momento de la muerte cuando fallecen simultáneamente dos o más personas que tuviesen derecho a heredar a las otras.
- Por ejemplo: cuando en un accidente de tráfico fallecen padres e hijos.
Solución que establece el Código Civil para este caso:
- Salvo prueba en contra, se considera que fallecen de forma simultánea, por lo que no dará lugar a la transmisión de derechos de uno a otro.