Libertad de creación de centros docentes
En qué consiste la libertad de creación de centros docentes
La libertad de creación de centros docentes está íntimamente relacionada con el derecho a la libertad de enseñanza (artículo).
Es considerada como una de las libertades que conforman el derecho a la libertad (artículo), el cual es un derecho de la personalidad o derecho fundamental (artículo).
Se encuentra contemplada en el artículo 27 de la Constitución Española.
Dicho precepto reconoce tanto a las personas físicas como jurídicas el derecho a la libertad de creación de centros docentes.
- Respetando los principios constitucionales.
Este precepto es la base del sistema educativo español, al alejarse del monopolio educativo estatal y permitir la existencia de un pluralismo educativo, el cual está institucionalizado.
Concepto
Por libertad de creación de centros docentes entendemos:
- La creación de centros de enseñanza.
- El establecimiento de un ideario propio de los centros.
- Fundación de centros docentes.
- Dirección de los centros docentes.
Esta libertad abarca tanto a las enseñanzas regladas como las enseñanzas no regladas.
Clasificación de centros docentes
Los centros docentes pueden ser:
- Públicos.
- Privados.
- Concertados.
Los centros públicos
- Deben ser neutrales en el aspecto ideológico y religioso.
- Son de titularidad pública.
Los centros privados
- Tienen derecho a establecer su propio ideario.
- Siempre limitados por el respeto:
- de los padres, profesores y alumnos y,
- los principios constitucionales.
- Siempre limitados por el respeto:
- Deben poner en conocimiento a la comunidad educativa del ideario que tienen.
- Pueden cambiar la titularidad.
- De modo que el ideario del centro puede cambiar también, junto con el cambio de titularidad.
Los centros concertados
- Son centros de titularidad privada que tienen acceso a financiación pública.
- La concesión de ayuda económica está condicionada por los siguientes principios:
- Gratuidad de enseñanza.
- Garantizar que la igualdad y libertad sean efectivas en el centro.
Todos los centros que estén financiados (públicos y privados), están obligados a ofrecer la educación básica de manera gratuita.
Límites
El derecho a la libre creación de centros docentes, así como el establecimiento de un ideario propio, estarán limitados por:
- Respeto de los derechos fundamentales.
- Los principios constitucionales de:
- Igualdad.
- Libertad.
- Pluralismo.
- Las leyes destinadas a reglar la enseñanza.