Libertad de producción y creación literaria
En qué consiste la libertad de producción y creación literaria, artística, científica y técnica
El derecho a la libertad de producción y creación literaria, artística, científica y técnica forma parte del derecho a la libertad (artículo), el cual es considerado como un derecho de la personalidad o derecho fundamental (artículo).
Aparece contemplado en la Constitución Española, en su artículo 20, el cual dispone que se reconoce el derecho a la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
Para analizar este derecho o libertad, es necesario entender dos conceptos:
- Producción y,
- creación.
Concepto de producción
La producción hace referencia a los momentos de difusión y explotación pública de una obra.
Concepto de creación
Por su parte, la creación, se refiere a:
- el momento de reflexión y «construcción» de un obra,
- donde entra en juego la creatividad de la persona,
- que se encuentra todavía incompleta, sin definir.
Objeto del derecho
Tras analizar dichos conceptos, cabe analizar el objeto del derecho a esta libertad.
Así pues, el objeto es doble:
- La libre creación literaria, artística, científica y técnica y,
- libre producción literaria, artística, científica y técnica.
Ámbito de protección
Partiendo de la base de que el precepto distingue entre los conceptos de creación y producción, la protección tiene un doble ámbito:
- Protección de la creación de la obra y,
- la protección de la difusión de la misma.