Libertad de sindicación y huelga
En qué consiste la libertad de sindicación y huelga
La libertad de sindicación y huelga forman parte del elenco de libertades que conforman el derecho a la libertad (artículo).
Está regulada en el artículo 28 de la Constitución Española.
Esta libertad tiene una doble dimensión:
- Se reconoce la libertad de sindicación.
- También se reconoce la libertad de huelga.
Libertad sindical
- Todos tienen derecho a sindicarse de manera libre.
- Las Fuerzas Armadas o demás instituciones y/o Cuerpos sometidos a disciplina militar podrán ver limitado este derecho.
- Las peculiaridades de los funcionarios públicas son reguladas para garantizar su derecho a esta libertad.
- Ninguna persona está obligada a afiliarse a un sindicato.
- El derecho a la libertad sindical está regulado en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
Libertad de huelga
- Todos los trabajadores tienen derecho a la huelga.
- Se deberá asegurar el mantenimiento de unos servicios esenciales para la comunidad.
- El derecho a huelga está regulada en el Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo.
Concepto de sindicación
La libertad sindical consiste en:
- Derecho de las personas a fundar sindicatos y a afiliarse a los mismos de manera libre.
- Derecho de los sindicatos a formar confederaciones, fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a alguna ya existentes libremente.
Concepto de huelga
La huelga consiste en una interrupción colectiva de la actividad laboral por parte de los trabajadores.
- Cuya finalidad es la de defender sus intereses o manifestar una protesta.